El testimonio de niñas, niños y adolescentes en el proceso penal
Los retos que puede suponer el testimonio de niñas, niños y adolescentes y sus abordajes, son analizados desde la experiencia de Margarita Griesbach. Con el respaldo de la Oficina de Derechos de la Infancia de México en la que labora, ha publicado el libro La Testimonial infantil. En dicha obra se aboga por un sistema de justicia que adapte sus prácticas a la complejidad y particularidad que supone la recepción del testimonio de un niño o de una niña, principalmente dentro de un proceso penal, a fin de volver accesible la justicia para este grupo etario vulnerable.
Al efecto, partamos por recordar que en Ecuador, el art. 504 del Código Orgánico Integral Penal, COIP consigna:
Art. 504.- Versión o testimonio de niñas, niños o adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores.- Las niñas, niños o adolescentes, personas con discapacidad y adultos mayores, tendrán derecho a que su comparecencia ante la o el juzgador o fiscal, sea de forma adecuada a su situación y desarrollo evolutivo. Para el cumplimiento de este derecho se utilizarán elementos técnicos tales como circuitos cerrados de televisión, videoconferencia o similares, por una sola vez. Se incorporará como prueba la grabación de la declaración en la audiencia de juicio.
En tanto, que el art. 502, número 5 del mismo cuerpo legal reza:
Art. 502.- Reglas generales.- La prueba y los elementos de convicción, obtenidos mediante declaración, se regirán por las siguientes reglas:
[…]
5. Las niñas, niños y adolescentes declararán sin juramento, pero con la presencia de sus representantes o un curador que será nombrado y posesionado en la misma audiencia de juicio.
Con este antecedente, revisemos ahora cuáles son los aportes desde la realidad mexicana que nos ofrece esta obra. La autora comienza advirtiéndonos que la forma en que las personas enfrentan un testimonio varía según el grado de conocimiento sobre procesos de justicia, las habilidades lingüísticas, la capacidad intelectual, la facilidad para organizar y expresar ideas, el grado de educación, entre otras características. Estas habilidades de comunicación se adquieren gradualmente, a lo largo de la vida, e inciden en la manera en que se rinde un testimonio.
Griesbach pone de manifiesto que como no existe la posibilidad de que la infancia se adapte al derecho, le corresponde a este adaptarse a fin de se haga efectivo el acceso de niñas, niños y adolescentes a la justicia [pág. 38], sin embargo, pocos modelos han considerado cómo piensa una niña, un niño o un adolescente.
Estima la autora que una adecuación procedimental que garantice la efectividad del testimonio requiere “consideraciones de contexto (subjetivo para el niño o la niña), de lenguaje y de la estructura misma a través de la cual se permite la expresión” [pág. 38]. Además, señala que un aspecto adicional para tener en cuenta en este contexto es el pensamiento egocéntrico que alude a la dificultad de niños y niñas para ponerse en el lugar de otra persona lo que les impide pensar las cosas desde una mirada distinta a la propia. También se debe tener presente su forma de pensamiento [concreto], lo que conlleva dificultad para la abstracción, limita la deducción o la generalización y torna el testimonio en descriptivo y no explicativo. Estos rasgos se mantienen incluso en la adolescencia pero disminuyen con la edad.
Las particularidades anotadas puede dar como resultado un testimonio que desde la visión adulto-céntrica puede aparecer impregnado de confusión y omisiones de información clave para el esclarecimiento de los hechos.
De la misma manera, la narrativa infantil no considera si está siendo o no comprendido por la persona que escucha porque no tiene todavía la habilidad para estructurar su narración de forma comprensible lo que puede dar lugar a confusiones.
El testimonio infantil o adolescente también puede percibirse como falto de una línea conductora y cambiar de tema abruptamente: el niño, la niña o el adolescente habla de lo que se acordó en ese momento, lo cual resulta problemático en un testimonio [pág. 41], por ello, la autora considera que la infancia necesita de asistencia para su narrativa a fin de obtener la mayor cantidad de información espontánea posible.
A partir de su diálogo interno el niño, la niña o el adolescente externaliza lo que es subjetivamente importante y puede omitir datos importantes para el “mundo de los adultos”.
Griesbach advierte también respecto de los inconvenientes que pueden derivarse de las preguntas e interrupciones que como parte del debido proceso se autorizan, sobre todo, porque pueden inducir o sesgar alguna afirmación del testimonio por ello recomienda que el contradictorio de efectúe de manera adecuada, mediante preguntas sencillas, directas y claras y, teniendo en cuenta las características cognitivas del niño, la niña o el adolescente, a fin de evitar información inútil o datos imprecisos que pueden afectar el esclarecimiento del caso.
Por último, la autora propone para la recepción del testimonio infantil un modelo basado en su experiencia en el tema, que sin duda constituye un aporte al análisis de la problemática. El modelo al que recurre la autora parte de que los procedimientos de justicia infantil deban ser diferenciados y adaptados para el efecto. Otras consideraciones que no deben pasarse por alto es que niños, niñas y adolescentes necesitan una motivación para hablar; que se les brinde asistencia para el manejo de angustia y temores, contemplar medios para facilitar la obtención de la mayor cantidad de narrativa libre posible, introducir preguntas únicamente después de haber obtenido la narrativa libre.
Por último, la autora formula recomendaciones respecto de los espacios por los que ha de transitar el niño, la niña y la adolescentes hasta brindar su testimonio.
Sin duda, un aporte que se agradece. Puede acceder al libro en el siguiente enlace: